Sobreseen al “Pata” Medina de las causas armadas por la “gestapro” anti sindical

El exdirigente de la UOCRA y blanco predilecto de la “Gestapo antisindical” integrada por funcionarios macristas y empresarios que apostaron a generar causas en su contra y meterlo preso, Juan Pablo “Pata” Medina, obtuvo la confirmación de su sobreseimiento en un expediente donde se lo acusaba de lavado de dinero, asociación ilícita y extorsión. Lo decidió por mayoría la Sala II de la Cámara de Casación Penal al ratificar la sentencia del juez de La Plata, Alejandro Esmoris, quien estuvo a cargo de la etapa de juicio oral y directamente anuló el caso en su contra, que mostró como una armado fruto de un acuerdo político y judicial.

Esmoris falló a favor de Medina en octubre del año pasado. Para ese entonces estaba avanzada la causa iniciada con el hallazgo de un video en la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), que había registrado una reunión en la sede porteña del Banco Provincia en la que el exministro de Trabajo de la gestión de María Eugenia Vidal, Marcelo Villegas, les dijo a otros funcionarios, dirigentes, empresarios y espías: “Si yo pudiera tener una Gestapo, una fuerza de embestida para terminar con los gremios, lo haría”. El foco de aquel encuentro había sido el diseño de una estrategia para comprometer penalmente a Medina -si hacía falta provocándolo- y que fuera preso. El juez del tribunal oral basó parte del sobreseimiento en los elementos recopilados en la investigación sobre ese encuentro y sus consecuencias, que estuvo a cargo de Ernesto Kreplak, hasta que la absorbió Comodoro Py, como a tantas otras causas similares. El fiscal del juicio, Rodolfo Marcelo Molina, rechazó esa sentencia y recurrió a Casación.

El voto de los camaristas
La camarista Angela Ledesma hizo el voto principal, con adhesión de Alejandro Slokar, donde repasó los fundamentos que había dado Esmoris sobre la falta de imparcialidad del juez federal de Quilmes, Luis Armella, quien se había quedado con la causa contra Medina. En rigor, la pesquisa se había iniciado con un anónimo en ese juzgado elegido. La camarista señaló también que el fiscal Molina no refutó en su recurso las múltiples irregularidades señaladas en la sentencia, desde el uso de denuncias anónimas para acusar al dirigente sindical, el espionaje ilegal ejercido sobre él y hasta el “forum shopping” para elegir juzgado que derivó en la intervención de Armella, pese a que el ministerio público fiscal había señalado su incompetencia, y las fluidas conversaciones que tuvo el magistrado con agentes de inteligencia -entre ellos Juan Sebastián De Stéfano, quien había estado en la reunión en el Banco Provincia, dando ideas- en momentos cruciales.

Para la jueza, dicho de manera sencilla, el fiscal Molina no hizo ni dijo nada respecto de las anomalías, por ende tuvo una actuación insuficiente. Argumentó que el fiscal omitió “explicar cuál sería la necesidad del juicio, cuando se ha acreditado la existencia de un vicio de carácter absoluto y no brinda argumento en pos de refutar esa circunstancia”. Tampoco precisó qué pruebas estarían excluidas de la nulidad dictada. Aclaró que todo lo que se introdujo sobre la Gestapo antisindical estaba ceñido a la discusión del juicio y relacionado “con la afectación de la imparcialidad del juez” de instrucción, Armella, quien fue denunciado por Esmoris ante el Consejo de la Magistratura.

El voto de mayoría plantea también que además de Molina había que sumar la actuación o no actuación del fiscal de Casación, Raúl Pleé, que no fue a la audiencia pese a que sostuvo el recurso de su colega. “Se observa un papel meramente de espectador de los representantes del Ministerio Público Fiscal durante todo el trámite”, dice el fallo. El camarista Guillermo Yacobucci sostuvo que el sobreseimiento era prematuro.

El plan que se concretó
La causa contra Medina que aquí está en juego comenzó formalmente el 31 de julio de 2017, con una presentación anónima. Sin embargo, tuvo toda una etapa previa de planificación donde participaron múltiples actores. Como había establecido el juez Kreplak, de La Plata, hubo una reunión clave en la Casa Rosada el 4 de mayo de ese año, donde estuvieron Mauricio Macri, el exdirector de la AFI Gustavo Arribas, y el ministro bonaerense Villegas, entre otros. Allí estuvo presente el tema de Medina y las quejas de empresarios platenses. El gobierno de Cambiemos sostuvo una fuerte ofensiva contra diversos sindicatos no alineados con la gestión. Luego empezó el espionaje sobre Medina y su entorno. El 22 de mayo hubo una comunicación entre Armella y De Stéfano, que era director de Asuntos Jurídicos de la AFI y tenía manejo de las causas.

El juez Esmoris, al fallar, había dicho que “el actuar” del juez Armella “no estuvo regido por la indiferencia que debe gobernar las decisiones jurisdiccionales, en el sentido de que estuvo determinado o, al menos, influenciado, por los intereses asumidos por ciertos funcionarios en aquella reunión celebrada el 15 de junio de 2017”. Esa fue la reunión en el Banco Provincia. Allí Villegas se explayó sobre cómo se armaría la causa, sugirió una presentación “modelo” a los empresarios de la construcción y les aseguró que tenían “chequeado con Procuración (donde estaba Julio Conte Grand), la fiscalía, con el juez, que eso va a funcionar”. Medina fue detenido el 26 de septiembre de ese año. Quedó en libertad en junio de 2022. El único que podría apelar la decisión de Casación es Pleé. Está por verse.

Por Irina Hauser. pagina12.com.ar

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