Plan de Estabilidad y Garantías Laborales en el Nivel Secundario y Programa de Acceso a la Titularidad en el Nivel Superior
Esta mañana el gobernador Jorge Milton Capitanich, junto a la vicegobernadora Analía Rach Quiroga y el ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la provincia, Aldo Lineras, encabezaron el Lanzamiento y Presentación del Plan de Estabilidad y Garantías Laborales en el Nivel Secundario y del Programa de Acceso a la Titularidad en el Nivel Superior.
En esta ocasión, el gobernador explicó que se trata de un “proyecto de ley que vamos a enviar a la Cámara de Diputados de la provincia con el objeto de establecer un plan de estabilidad y garantías laborales, que incluye aproximadamente a 9300 trabajadores y trabajadoras docentes”. “Implica un proceso de transición hacia un régimen de concursos de antecedentes y oposición, que es lo que debe primar como regla dentro del sistema educativo en la provincia del Chaco”, enfatizó el gobernador.
“Dentro de la agenda de cerca ya de 100 reuniones a lo largo y a lo ancho de la provincia, con distintos sectores, uno de los pedidos más importantes era un régimen de estabilidad y garantías laborales como el que se está impulsando actualmente”, manifestó Capitanich y destacó: “Estamos cumpliendo con un sistema de escucha permanente para resolver los problemas que la comunidad educativa nos plantea”.
En este sentido, Capitanich remarcó: “lo que estamos haciendo es validar la cláusula gatillo, generar los mecanismos de incentivos monetarios, pero también fortalecer desde la infraestructura escolar hasta equipamiento o computadoras; mecanismos que siempre tienden a garantizar y fortalecer los derechos de los trabajadores”.
Por su parte, el ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Aldo Lineras aclaró que “este proceso incluye a las escuelas e institutos de nivel secundario y superior de gestión estatal exclusivamente”.
“Lo que se prevé es un plan de regularización para el caso de los profesores, profesoras titulares”, explicó el ministro y remarcó: “En ese caso nos ha sido muy difícil conciliar dos cuestiones: la reubicación de esos profesores y la estabilidad laboral de los interinos que están en las obras”.
“Eso nos obliga a la primera solución que es ubicarlo acompañando el proceso de enseñanza aprendizaje de nuestros estudiantes en cada una de las escuelas”, expresó Lineras y detalló “son horas que son titulares, trasladables a futuro y por lo tanto eso está resuelto”.
Además, especificó que “los docentes interinos en el caso este del nivel secundario, aquellos que tengan 3 años de antigüedad en el cargo o en el establecimiento, van a poder acceder a la condición de titular en las horas que tengan interinas, a los que tengan título habilitante se les va a requerir 5 años de antigüedad y a los que tengan títulos supletorios, 7 años”.
Plan de Estabilidad y Garantías Laborales en el Nivel Secundario
Se orienta a garantizar la estabilidad laboral y salarial de miles de docentes interinos y titulares del nivel secundario como también, a resolver la demanda de la recuperación y normalización de los concursos de traslado, acrecentamiento, ingreso y de ascenso al nivel. Se trata de una medida de carácter excepcional, destinada a docentes interinos y titulares que se desempeñan en cargos de base y horas cátedra en instituciones educativas formales de gestión estatal del nivel secundario, a excepción de la modalidad Educación de Jóvenes y Adultos (ESJA).
Este Plan, permitirá, además, que docentes interinos y titulares que durante la transformación curricular quedaron en horas focalizadas en el nivel secundario, accedan a la estabilidad y a garantías laborales mediante la función de tutor de trayectorias en esas horas.
Programa de Acceso a la Titularidad en el Nivel Superior
Es otra medida excepcional para docentes interinos que se desempeñan en cargos de base y horas cátedra en instituciones educativas de gestión estatal del nivel superior del sistema educativo provincial. El programa garantiza, además, que docentes titulares de nivel superior de gestión estatal, que, se encuentren en condición de ser reubicados, desempeñarán de forma permanente y definitiva funciones de capacitación e investigación, conforme cargos u horas cátedras declarados, hasta su renuncia o fallecimiento.
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