Senadores tratarán en comisión el proyecto de devolución del IVA

El proyecto de ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores de menores ingresos en las compras realizadas con tarjetas, que fue aprobado la semana pasada por Diputados, será debatido este miércoles por la tarde en la Comisión de Presupuesto y Hacienda.

Según se informó oficialmente, la reunión se llevará a cabo desde las 16 en el Salón Illia del primer piso del palacio legislativo.

A continuación, la comisión que encabeza el riojano Ricardo Guerra se reunirá en conjunto con la de Educación para debatir la creación de otras tres universidades nacionales.

El proyecto sobre devolución del IVA -que consta de nueve artículos- señala que la medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.

En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, y los beneficiarios de asignaciones universales por hijo y por embarazo.

También serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

El proyecto precisa asimismo que el beneficio comprende “las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo”.

Además, se establece que “el reintegro mensual previsto no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes”.

Información de Télam

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