Los tribunales desbaratan la estrategia de defensa del DNU
En el fuero contencioso administrativo rechazaron el pedido del gobierno para atraer las causas que tramitan en los juzgados laborales. La Cámara del Trabajo ratificó su decisión de frenar la reforma laboral incluida en el decreto —esta vez a partir de un pedido de la CTA—.Javier Milei empieza a ver cómo se complica la misión de mantener a flote el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 con el que pretende sentar las nuevas bases de la economía argentina a través de la regulación en favor de los grandes grupos económicos. Después de la cautelar que frenó la reforma laboral incluida en el DNU, fue la justicia en lo contencioso administrativo la que le dio un nuevo golpe al desbaratar la estrategia del procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, que pretendía concentrar todos los cuestionamientos contra el megadecreto en ese fuero porque le resulta más amigable que los tribunales laborales.
Barra viene levantando el perfil en los últimos días. Exintegrante de la Corte de la mayoría automática y exministro de Justicia de Carlos Menem, llegó a su cargo gracias a un DNU con el que Milei modificó la edad límite para ejercer como el jefe de los abogados del Estado. Barra tiene la difícil tarea de defender en los tribunales el DNU con el que Milei se despachó el 20 de diciembre pasado. La estrategia del procurador del Tesoro pasaba por amuchar todos los planteos en el fuero contencioso administrativo —donde se dirimen las acciones contra el Estado— y desde allí maniobrar. Sin embargo, la idea de Barra fue desafiada desde el corazón mismo de los tribunales.
El procurador del Tesoro arrancó el día con el pie izquierdo. La Cámara Nacional del Trabajo dictó una cautelar a pedido de la Central de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Argentina (CTA), que dirige Hugo Yasky. Es el mismo tribunal que el miércoles concedió la misma medida en favor de la Confederación General del Trabajo (CGT) y frenó, de esa forma, la aplicación del capítulo cuarto del DNU 70/2023 que desregula el mundo del trabajo.
La decisión fue adoptada nuevamente por los camaristas Andrea García Vior y José Alejandro Sudera. En este este caso, fue García Vior quien llevó la voz cantante en el fallo. La jueza justificó la intervención del fuero laboral al afirmar que incluso la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene dicho que los trabajadores deben tener acceso a una justicia especializada.
García Vior, además, sostuvo que había un peligro si la justicia no intervenía y, en ese sentido, invocó el paro convocado para el 24 de enero y que la propia Corte Suprema pateó para febrero el análisis del DNU. Según la jueza, hay “graves riesgos de que el conflicto social —ya avizorado en los últimos días del año 2023— se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada”.
En paralelo, empezaba a prepararse la respuesta del fuero contencioso administrativo. La previa estuvo en manos del fiscal Miguel Gilligan que exhibió dos posturas distintas frente a un mismo tema. Al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y a Jorge Rizzo —expresidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) y dirigente de la agrupación Gente de Derecho (GDD)-— les dijo que no correspondía abrir feria para tratar sus cuestionamientos al DNU. Sin embargo, dictaminó a favor de un pedido del gobierno para abordar el tema durante el receso de enero.
El tribunal favorito le dio la espalda
La estocada final para Barra vino de mano del juez Enrique Lavié Pico, que es el magistrado que atenderá los temas del fuero contencioso administrativo durante las vacaciones de enero. Lavié Pico abrió la feria que habían pedido Rizzo, el gobierno y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), pero fundamentalmente desarmó el amparo colectivo que tramitaba en ese fuero y en el que Barra pretendía aunar todos los planteos contra el DNU.
El 22 de diciembre pasado, el juez Esteban Furnari —colega de Lavié Pico en los tribunales administrativos— aceptó tratar como un amparo colectivo la presentación que hicieron el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, el economista Claudio Lozano, la CTA Autónoma –que lidera Hugo “Cachorro” Godoy– y ATE. En ese sentido, ordenó inscribir ese amparo dentro del registro de procesos colectivos y empezó a recibir las causas que se iban formando en otras jurisdicciones. La gran disputa ahí era con el fuero laboral, al que el propio Barra acusa de tener un “sesgo” a favor de los sindicatos y que fue el blanco de las críticas (y de la mesa judicial) de Mauricio Macri.
Lavié Pico entendió que la decisión de Furnari había sido incorrecta porque fue impreciso al decir quiénes eran los afectados por el DNU. “No se encuentra definido de manera clara el colectivo involucrado debido a la generalidad de la representación invocada por la asociación actora y el carácter difuso de la presentación efectuada en la presente causa”, escribió. En otras palabras, sostiene que no se puede decir que todos los habitantes de la Argentina alcanzados por los efectos del DNU 70/2023 se vean afectados del mismo modo.
Después de firmar ese fallo, Lavié Pico desechó el pedido de Barra de sacarle las causas al fuero laboral. A priori, es una derrota para el procurador del Tesoro que había dicho que en una semana iba a tener revocada la cautelar que había logrado la CGT. Ahora, tendrá que difuminar sus esfuerzos en todos los tribunales en los que haya planteos contra el DNU a lo largo y ancho del país.
“Es un golpe mortal y definitivo a la estrategia del gobierno, ya que desarma el colectivo y obliga al gobierno a apelar cada una de las cautelares y las sentencias que se dicten”, explica a Página/12 el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien también presentó un amparo contra el DNU.
“Soy un descreído del Poder Judicial y me encontré con la majestad de la justicia. Creo que la semana que viene van a dictar la cautelar en el fuero contencioso. A pesar de la contra del fiscal Gilligan, funcionaron los mecanismos republicanos”, festejó Rizzo.
Lavié Pico le dio cinco días al gobierno para que responda a los cuestionamientos contra el DNU. Desde el CELS también se mostraron satisfechos de que se dé la discusión con urgencia, como ellos reclamaban. “Es el Poder Ejecutivo quien dictó un DNU que derogó o modificó más de 70 leyes del Congreso Nacional con carácter permanente en el tiempo. Y también el Ejecutivo estableció la entrada en vigencia del DNU cuando se iniciaba la feria judicial. La decisión compensa un poco este escenario inclinado en favor del Estado para debatir la constitucionalidad del DNU”, evaluó Diego Morales, director de litigio del organismo de derechos humanos.
Por Luciana Bertoia
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